Talle de Derecho Laboral Básico (17/12/2017)

Derecho Laboral Básico

Los compañeros Mario y Raúl, compañeros de la Comarcal Sur de CNT nos acercaron a todas las trabajadoras unos conocimientos básicos de derecho laboral.

Taller compuesto por dos bloques principalmente, el primero de ellos aborda los cuatro puntos principales por los que se basan las normas laborales, y en el segundo se trata de explicar de manera práctica, como CNT lucha por la defensa y la conquista de los derechos laborales.

NORMAS LABORALES:

  • ESTATUTOS: (Compilación de decretos ley)

Los derechos reflejados aquí (Ley orgánica de libertad sindical y constitución) no deberían en principio ser empeorados en las sucesivas normas.

–    CONVENIO: (Determina por sectores e incluso por empresas las normas laborales en concreto)

Salarios, disposición de turnos y horas laborales, vacaciones… etc, son en principio     mejoradas en estas normas.

–    CONTRATO: (Acuerdo entre ambas partes voluntariamente)

Supuestamente con mejoras laborales, aunque en la mayoría de las veces muy cercanas a las del convenio correspondiente. Importante la especificación del lugar del centro de trabajo por futuras variaciones y del periodo de prueba para posibles reclamaciones.

El tipo de contrato más común hoy en día es el de fin de obra y servicios (duración máxima de 3 años o 3 ciclos de renovación) en los que legalmente solo podrías trabajar en la obra o trabajo especificado.

–    USOS Y COSTUMBRES: (Ámbitos muy concretos no reflejados anteriormente)

Todas las mejoras reflejadas en este apartado no tienen apenas peso jurídicamente, tendrían poca validez en caso de que la empresa quisiera erradicarlas.

TIPOS DE DESPIDO Y HORAS EXTRAORDINARIAS:

  • Objetivo:

Indemnización de 20 días por año trabajado y se realiza cuando la empresa tiene pérdidas sustanciales durante los últimos trimestres.

  • Disciplinario:

Sin indemnización, se realiza cuando el trabajador supuestamente comete faltas reiteradamente o no cumple con su labor.

  • Procedente:

Indemnización de 20 días por año trabajado y es así cuando se determina cómo tal.

  • Improcedente:

Indemnización de 33 días por año trabajado y es así cuando el despido no está justificado de ninguna de las maneras.

  • Nulo:

En este tipo, el trabajador tiene la libre elección de reincorporarse a su puesto de trabajo pues la empresa debe readmitir.

  • Horas extraordinarias:

Son siempre de carácter voluntario excepto las de emergencia que deben ser justificadas, todas las horas complementarias no podrán exceder del 75% de la jornada completa, no estando permitidas cuando se trabajen las 40 horas semanales.

ACTUALIDAD Y PASADO EN LA LUCHA SINDICAL:

        En España, en 1919, tuvo lugar la huelga de la canadiense con una exitosa participación del 70%, una duración de 45 días , 1500 detenidos y el asesinato de Salvador Seguí, referente clave del sindicalismo de clase. Se logró la jornada laboral de las 8 horas.

En 1985 se interpuso la Ley Orgánica de Libertad Sindical en la que directamente se atacaba a la asamblea entre trabajadores y patronal. Se crearon los comités de empresa (representantes durante un periodo de tiempo de los trabajadores) pero más adelante se implantaron las secciones sindicales, (trabajadores directamente en contacto con la patronal) pues no eran para nada democráticos estos comités, en este campo de las secciones sindicales es donde juega su papel la CNT.

Junto con la LOLS, en una de las reformas laborales se extinguieron los salarios de tramitación haciendo cada vez más difícil la lucha por los derechos laborales. Este salario obligaba al empresario a pagar al empleado todo el tiempo transcurrido hasta la resolución judicial en caso de perder el empresario y tener la razón el trabajador.